El 86% de los CONDENADOS por violencia de género no pisa la cárcel: cambian penas de prisión (hasta 5 años) por «trabajos en beneficio de la comunidad».

En total, 22.487 condenados por violencia de género fuera de prisión y con penas alternativas, lo que convierte a la violencia machista en la segunda categoría de delitos, después de los relacionados con la seguridad vial, donde más se sustituye la cárcel por los trabajos en beneficio de la sociedad.

Estamos haciendo la dictadura hembrista feminazi DE PUTA PENA.

10 comentarios

  1. Hola, Jessica. De esto me he enterado yo hoy, y la explicación es sencilla: el 86% de los condenados por violencia de género lo están por vulnerar el Art. 153 del Código Penal, que es el único que además de tener una pena de menos de 2 años ofrece la posibilidad de conmutarla por trabajos sociales.

    Este artículo pena las agresiones puntuales y sin lesión, ya sean de carácter físico o psíquico, y el delito que describe solo existe cuando el agresor es varón.

    Solo se aplica cuando la lesión es mínima o inexistente, porque de lo contrario se aplicaría el artículo 147 (si hubiera lesión que no requiriese tratamiento) o el 148 (si lo requiriera). Y solo se aplica cuando la agresión es puntual, ya que si fuera habitual se aplicaría el 173.

    Estamos hablando de delitos que pueden consistir por ejemplo en dar un empujón durante una discusión (goo.gl/8RtKwS) y que, repito, constituyen el 80,2% de las condenas.

    Todo esto no lo escribo para decir que pobrecitos ni para justificar el empujón, simplemente quiero que nos hagamos una idea de qué tipo de delincuente nos está escandalizando que no entre en prisión.

    1. Hay que tener en cuenta que la violencia de género, por sus propias características, es un delito diferente de la agresión puntual. Se trata de un tipo de delito continuado en el tiempo y difícil de probar.

      Por poner un ejemplo y sin ánimo de elevar la anécdota a categoría, solo para explicar a qué me refiero: el día en que yo tuve que ir a declarar ante la jueza al juzgado especial de violencia de género del Prat, coincidí en la sala de espera con una chica de 17 años. La chica tenía un ojo morado. Su novio le había pegado un puñetazo en público, en un centro comercial, con testigos y cámaras. Por esa agresión le condenaron a una multa ridícula (6 meses, y sin cárcel). PERO, y es un gran pero, hasta llegar a esa situación en la que el agresor se sienten tan impune y tan legitimado para ejercer su agresión en público y con testigos, antes de llegar a eso esa chica sufrió DOS AÑOS de maltrato continuado, con agresiones como llevarse un puñetazo en la pierna por canta una canción que sonaba en la radio del coche, o que el internara tirarla del coche porque ella había recibido un mensaje al movil de una amiga y había sonreído. ¿Cómo denuncias eso? ¿Cómo lo pruebas? Es imposible de demostrar si iban solos en el coche y sin testigos. Y como esas, miles a lo largo de dos años. Miles de agresiones que le salieron gratis menos la última.

      Estamos hablando de delitos continuados que no se condenan, eso es lo que a mí me escandaliza. No sé si con esto puedes hacerte una idea del tipo de delitos del que estamos hablando.

      1. Hay muchas situaciones en las que es difícil probar una serie de hechos continuados, y hay otras tantas en las que un solo hecho puntual pero demostrable acaba por decidir una sentencia.
        Hay unas cuantas formas de hinchar o deshinchar una notificación al juzgado y también de «coaccionar» sin que quede registro a una de las dos partes. Y como tantos aspectos de la justicia, no siempre acaba cumpliendo su cometido de forma proporcionada.
        Pero el artículo transmite la idea de «ante la posibilidad de malos tratos futuros, mejor a prisión».
        Y estoy de acuerdo que la ley en sí misma no vulnera la presunción de inocencia del acusado de malos tratos, pero este artículo, en la forma como generaliza, sí.

  2. Quizás la educación (a través de trabajos para la comunidad o a través de lo que sea) pueda producir, a largo plazo, mejor resultado que simplemente excluir de la sociedad a la gente unos años en una cárcel.

    Quizás, no sé, pero podría ser buena idea. Depende también de en qué consistan esos trabajos para la comunidad.

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