Video resumen de mi charla para un instituto de Barcelona sobre vientres de alquiler o gestación subrogada. Planteé una serie de preguntas al grupo de 1º y 2º de bachillerato con el objeto de acompañarles en el proceso de reflexión, decodificar los argumentos tanto a favor como en contra, y que alcanzaran sus propias conclusiones. Hablamos sobre qué se esconde la terminología elegida, sobre qué llegarían a hacer por altruismo, sobre si es la genética o la cultura la que determina la paternidad, etc.

Quien tenga interés en reutilizar la charla, se la puede descargar aquí en pdf.

Empezamos preguntándonos qué terminología es la correcta. ¿Gestación subrogada? ¿Vientres de alquiler? ¿Maternidad por sustitución? ¿Explotación reproductiva? ¿Subrogación uterina? Pues depende. Dependerá del posicionamiento que tomemos, porque como sabemos, el lenguaje no es neutro y condiciona nuestros pensamientos, nuestras actitudes y nuestras acciones. No se nos compone la misma imagen mental, y por lo tanto nuestra actitud, si hablamos de un «chucho callejero» o de un «perrito abandonado».

Los medios de comunicación no son ajenos a esto, y también utilizan el lenguaje para predisponernos a favor o en contra en los debates que interesen en cada momento. Un ejemplo es el tema de la inmigración. Han logrado asociar «MENA» a inmigración ilegal, marginación, delincuencia, violencia… En cambio, si hablamos de un niño o adolescente solo, sin familia, en un país extranjero, nuestra actitud y nuestra predisposición cambian.

O con la prostitución. Quienes lo consideren un trabajo como otro cualquiera, o incluso empoderante, hablarán de «trabajo sexual». Y quienes lo consideren la esclavitud más antigua del mundo, hablarán de «explotación sexual».

Pues con el debate «gestación subrogada» / «vientres de alquiler» ocurre lo mismo. Quienes lo consideren un método de reproducción asistida hablarán de «gestación por sustitución» o términos similares, y quienes lo consideren explotación reproductiva de mujeres pobres, hablarán de vientres de alquiler.

Un argumento que se suele utilizar con frecuencia por parte de quienes defienden la práctica es «mi cuerpo, mi decisión«. Analicémoslo. Las agencias que gestionan todo el proceso establecen por un lado un contrato de prestación de servicios con los padres de intención, y por otro lado un contrato con la mujer que gestará. En este contrato se establece una serie de condiciones, entre otras: qué alimentación deberá llevar, qué deporte podrá practicar, qué relaciones sexuales podrá o no mantener, etc. Incluso, si la salud o incluso la vida de la mujer que gesta corrieran peligro, como por ejemplo que se le detecte un cáncer y tenga que someterse a un tratamiento de quimioterapia o radioterapia, o que tuviera que ponerse la vacuna contra el COVID, por ejemplo. Todas esas circunstancias en las que hay que decidir están reguladas por contrato, y antepone al bebé siempre por encima de la mujer que lo gesta.

¿Realmente podemos decir «mi cuerpo, mi decisión» en un contexto en el que hay un contrato de por medio que regula las decisiones sobre su propio cuerpo, con durísimas penalizaciones por incumplimiento?

¿Y por altruismo? Ciudadanos ha intentado llevar al Congreso varias veces una propuesta de ley que regule lo que ellos llaman «gestación subrogdada altruista. Pero ¿de qué estamos hablando? Cuando hablamos de gestación subrogada altruista, ¿quien pensamos que es altruista aquí?

  • ¿Es altruista la agencia que coordina el proceso?
  • ¿Es altruista la clínica de fertilidad?
  • ¿Es altruista el bufete de abogados que registra a la criatura una vez nacido fuera del matrimonio en un país extranjero?
  • ¿Es altruista el hotel que aloja a los «padres de intención» en las últimas semanas de embarazo hasta que puedan volver a casa con la criatura?
  • ¿Es altruista la clínica donde nace el bebé y el equipo médico que atiende a la madre y al neonato?
  • ¿Es altruista la agencia que hace los análisis de ADN para certificar que ese bebé es hijo o hija de quien dicen que es y así poderlo registrar?

¿O la única que pretenden que lo haga por altruismo es la mujer que pone el cuerpo 24 horas al día, 7 días a la semana durante 9 meses? ¿Dónde está el altruismo aquí? ¿Quien asumimos por defecto que será la única altruista?

Y tú, ¿qué serías capaz de hacer por altruismo?

  • ¿Participarías una vez al año en una campaña de recogida de juguetes?
  • ¿Donarías sangre cada 3 o 4 meses?
  • ¿Colaborarías un par de tardes a la semana en un comedor social?
  • ¿Te irías un verano de cooperante a un país en vías de desarrollo?

¿Y pondrías tu cuerpo durante 9 meses, 24 horas al día, 7 días a la semana, para que Cristiano Ronaldo, Miguel Bosé, Ricky Martin o Kim Kardashian pudieran tener un hijo más?

Recordemos brevemente algunas de las complicaciones habituales de un embarazo y un parto:

  • Hipertensión
  • Diabetes gestacional
  • Preclampsia
  • Hemorroides
  • Violencia obstétrica
  • Episiotomía
  • Desgarros perianales
  • Incontinencia y pérdidas de orina

Insisto, ¿serías capaz de someter a tu cuerpo a todo esto de forma altruista para que una pareja de desconocidos pueda cumplir su sueño?

¿Qué hay del «tengo derecho a «formar una familia»? Significa que nadie puede impedirte formar tu propia familia: que nadie puede someterte a una esterilización forzosa, que no pueden despedirte del trabajo por quedarte embarazada, ni pueden rescindirte el contrato de alquiler por adoptar o acoger…

Pero «tengo derecho a formar una familia» no implica que terceras personas, y en particular mujeres pobres, tengan que poner su cuerpo, o el Estado tenga que garantizártelo, para que puedas tener hijos con tus genes.

Una familia no tiene que ser necesariamente biológica, y la adopción es un derecho de las criaturas, no de los padres. Tener hijos biológicos no entra en el apartado de los derechos, sino de los deseos.

Hablemos de lo problemático de afirmaciones que vinculan familia o paternidad con el hecho biológico.

¿Es menos familia aquella que se ha formado mediante un proceso de adopción? ¿Quieres menos a un hijo o hija por haber sido adoptado? ¿Lo quieres más por haber sido realmente deseado y haber pasado por todos los trámites? ¿Lo quieres menos porque no es biológicamente tuyo?

Si mantienes una relación estable con una persona que tiene hijos o hijas de una relación anterior, ¿los quieres menos que a los hijos que puedas tener tú con esa misma persona? ¿Los tratarás de forma diferente?

Imaginemos que te enteras al cabo de 20 años de que tu mujer te ha puesto los cuernos, y el hijo que has criado toda la vida pensando que era tuyo, realmente es de otro padre. ¿Dejas de quererle? ¿Dejas de considerarle tu hijo?

En un hospital de La Rioja se ha descubierto recientemente que «por un error humano» se intercambiaron dos bebés hace 20 años. Las dos familias que han convivido y han criado a esas personas desde que nacieron durante los últimos 20 años, ¿dejan de quererles inmediatamente al saber que no llevan realmente sus genes?

Los padrinos, ¿quiénes son? Son esa figura en quien los padres confían para hacerse cargo de la criatura en caso de que a ellos les sucediera algo. Unos padrinos que tienen que hacerse cargo de un bebé porque sus padres han fallecido en un accidente, por ejemplo, ¿quieren menos a ese bebé al que cuidarán el resto de su vida, solo porque no es de su sangre?

De hecho, y esto ya es una opinión personal mía, intuyo que lo que hay detrás de «no quiero adoptar, quiero que mi hijo tenga mis genes», en realidad es un punto de racismo, incluso de eugenesia social, «no quiero hijos defectuosos ni de segunda mano».

«Hay que regularlo para evitar abusos». Bien. ¿Qué tipo de abusos? Recordemos que en España, en cualquier documento del cole que se les hace llegar a las familias para que autoricen excursiones, para informarles de cualquier incidencia, se utiliza la fórmula «padre, madre o tutor legal». Es decir, ya está regulada una figura que no es necesariamente ni la del padre ni la de la madre, que es la del «tutor legal». Y también está regulada la «gestación subrogada»: en concreto, está prohibida. La ley española también permite gestar y dar en adopción al bebé de forma altruista, de hecho 140 mujeres lo hacen cada año en España… PERO lo que no permite la ley es ELEGIR a quien se le da en adopción a ese bebé. Y no lo permite España ni ningún país del mundo. La adopción entre particulares está prohibida en todo el mundo para evitar la compra-venta de bebés, el tráfico ilegal de niños, etc. Porque la adopción, como hemos dicho, es un derecho de la criatura, no de los padres.

¿Y qué derechos tiene la criatura que el proceso de adopción sí garantiza, y se le niega en la gestación subrogada incluso aunque se regule?

  1. Es el Estado quien garantiza la idoneidad de las personas adoptantes y evita los abusos. Así se evitan casos como los de la pareja que quiere tener más de 100 hijos, o los youtubers que rechazaron la adopción de una niña china porque no se les permitía mostrar a la criatura en su canal que era su forma de vida, o se evita que se repitan casos como el de la pareja de youtubers que devolvió a un niño autista.
  2. La criatura adoptada tiene derecho a conocer sus orígenes, algo que el proceso de gestación subrogada precisamente pretende evitar: el objetivo es borrar a la gestante de toda documentación y fingir que nunca existió, lo que atenta contra los derechos de la criatura.
  3. La madre que da a su criatura en adopción tiene derecho a arrepentirse en cualquier momento y reclamar su maternidad. Esto es algo que la regulación de la gestación por sustitución pretende impedir. Por eso los contratos que firman las mujeres que gestan para las agencias de alquiler de vientres suponen la pérdida del control sobre su cuerpo y las decisiones son tomadas por terceros: se les impide arrepentirse mediante penalizaciones económicas inasumibles.

Teniendo en cuenta que en España la filiación se establece durante el parto, es decir, madre es la que pare independientemente de quien ponga el material genético. Entonces, ¿de qué abusos estamos hablando cuando hablamos de que hay que regular abusos? Si tú gestas, aunque sea «por altruismo», para un tercero desconocido ya que como hemos visto para una persona determinada no se puede, ¿para qué es necesario un contrato? Pues es necesario un contrato para:

  • Garantizar que la mujer que gesta renuncia a la maternidad y a sus derechos sobre el bebé.
  • Evitar que se arrepienta durante el embarazo.
  • Para controlar las decisiones que tome sobre su cuerpo.
  • Para evitar que la criatura pueda conocer sus orígenes.

Entonces, en realidad, ¿estamos hablando de evitar abusos, o de garantizar el negocio de las agencias y proteger los intereses de los «padres de intención», que son quienes ponen el dinero?

2 comentarios

  1. Estimada Jessica: me ha gustado mucho el artículo pero creo que contiene un fallo: en EEUU sí se permite elegir a los padres adoptivos. Hay de hecho agencias que se dedican precisamente a esto, al menos en algunos Estados.

    Te dejo un link de Wikipedia donde lo explica. He encontrado multiples agencias que tienen en sus webs testimonios online de madres biológicas que eligen a los futuros padres, una búsqueda simple es suficiente para encontrarlos, pero no quiero hacer publicidad a este tipo de negocios ni enlazar sus páginas.

    Saludos y muchas gracias por el blog, te leo siempre y me gusta mucho.

    https://en.m.wikipedia.org/wiki/Adoption_in_California

    1. Creo que el matiz radica en que las agencias, en este caso privadas, velan por el proceso para evitar los abusos a los que me refería: tráfico de criaturas, venta de órganos, etc. En todo caso, gracias por el apunte.

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